LEY QUE PROHÍBE BIOPOLÍMEROS

LEY QUE PROHÍBE BIOPOLÍMEROS y establece penas por su aplicación fue sancionada: abecé._____

________Por: Aura María Saavedra Álvarez – www.eltiempo.com / www.latardedelotun.com

Este 22 de agosto fue sancionada por el presidente Gustavo Petro la ley que prohibe la aplicación de biopolímeros en Colombia. Esta ley, la 2316 del 2023, reglamenta las sanciones para quienes causen «lesiones personales con sustancias modelantes no permitidas -biopolímeros-«.

El documento establece en su artículo 116B que quien «inyecte o infiltre en el cuerpo de otra persona sustancias modelantes no permitidas incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a ciento veinte (120) meses», es decir, de 2 a 10 años.

También se les impondrá una multa de 150 a 250 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Ahora bien, si quien aplique estos biopolímeros es un médico o cirujano profesional la pena será más grande: entre ocho y 15 años de cárcel. La multa, en este caso, será de 200 a 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes y la inhabilidad para el ejercicio de su profesión por un término de 60 meses.Si la víctima es menor de edad o el procedimiento se realizó mediante engaño las penas se aumentarán el doble.

Otro de los aspectos que regula esta ley es la inclusión de servicios como el diagnóstico, tratamientos, rehabilitación y procedimientos de retiro o manejo de biopolímeros en el sistema de salud.

Las EPS también cubrirán los medicamentos y los tratamientos necesarios de salud mental y apoyo psicosocial que requieran las personas afectadas por estas prácticas. Igualmente, se contempla que el Ministerio de Salud y Protección Social diseñará e implementará una estrategia de atención, promoción y prevención sobre los riesgos y daños a la salud derivados de la aplicación de estas sustancias.

Esta estrategia tiene que «difundir la información relacionada con las medidas adoptadas en favor de las víctimas, las infracciones y sanciones que acarrea el uso de sustancias modelantes no permitidas y los canales de denuncias dispuestos para las víctimas».

Por otro lado, la cartera también tiene que publicar los mecanismos de consulta del listado de instituciones y profesionales habilitados para la realización de procedimientos médicos y quirúrgicos con fines estéticos, así como el listado de las sustancias modelantes permitidas. El senador de Cambio Radical, Carlos Fernando Motoa, fue uno de los ponentes del proyecto. En sus redes sociales explicó que esta ley «garantiza la atención médica y psicológica de las víctimas de biopolímeros; que impulsa la creación de un registro nacional de centros de venta, profesionales y/o clínicas dedicadas a los procedimientos estéticos; y que en última instancia tipifica como delito el uso de estas sustancias».

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