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La Corte Constitucional amparó los derechos al debido proceso, acceso a la administración de justicia y reparación integral de un menor y sus familiares por el abuso sexual cometido por un cura en contra de un menor y, en ese sentido, concluyó que la Diócesis de Pereira es civilmente responsable y ordenó a las autoridades eclesiales adoptar protocolos de prevención, protección y denuncia. _______
Hace dos años, un tribunal en Pereira decidió que la Diócesis de Pereira no era responsable civilmente por los daños causados a un menor de edad víctima de abuso sexual por parte de un párroco, profesor de matemáticas en un colegio público. Sin embargo, la Corte Constitucional revisó ese fallo y concluyó que sí es responsable, ordenando a las autoridades eclesiásticas que implementen protocolos para prevenir, proteger y denunciar estos casos.
El caso empezó en 2011, cuando los familiares de la víctima solicitaron reparación. En primera instancia, la justicia exoneró a la Diócesis y a la Conferencia Episcopal, decisión que fue confirmada en segunda instancia, incluso señalando que el municipio no era responsable. Pero ahora, la Corte ordenó que se declare la responsabilidad civil solidaria de la Diócesis, se tasen daños morales y daños por la vida de relación del niño, y se adopten medidas de reparación simbólica. Además, se le ordenó a la Diócesis y a la Conferencia Episcopal que informen a las autoridades sobre cualquier denuncia de abuso sexual y establezcan mecanismos claros para garantizar la denuncia en estos casos.
Dichos protocolos deberán exigir que las denuncias sean puestas en conocimiento del Icbf, Defensoría del Pueblo y Fiscalía General de la Nación de forma inmediata una vez se tenga conocimiento de las mismas. Así mismo, establecer la obligación de informar a las instituciones educativas, fundaciones y demás personas jurídicas en las que el párroco o sacerdote tenga o pueda tener contacto directo en el manejo, relación y dirección de menores de edad.
